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La República de Panamá, mediante Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de aprobó una subcategoría de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado, dentro de la Categoría de Residentes Permanentes por Razones Económicas, con el objeto de atraer inversionistas de alto patrimonio y reactivar la economía nacional.

Para aplicar a este programa, los inversionistas extranjeros deben invertir en propiedades inmobiliarias, casas de valores o bancos domiciliados en la República de Panamá.

Los extranjeros que deseen aplicar a este tipo de residencia deberán realizar inversiones por un mínimo de US$500,000.00 en cualquiera de los siguientes productos:

Compra de unidad inmobiliaria, o;
Celebración de un Contrato de promesa para la adquisición de una unidad inmobiliaria, donde los fondos para la compraventa deberán ser depositados en una fiduciaria debidamente autorizada para operar en Panamá.
Inversión en una cuenta en una casa de valores en Panamá.
Depósito a plazo en un banco autorizado para operar en Panamá, por una inversión mínima de US$750,000.00.
Todas las inversiones deben mantenerse localizadas en Panamá por lo menos por 5 años.
Quedamos a sus órdenes para todas aquellas personas interesadas en aplicar para esta residencia en la República de Panamá